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Tributario

Pronunciamientos de interés emitidos por SUNAT

17/08/2020
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Informe No. 048-2020-SUNAT/7T0000: Consultada la SUNAT acerca de si, en el marco de lo regulado por el Decreto Legislativo No. 1372 y su Reglamento, se incurre en alguna infracción en el caso que una persona jurídica no cumpla con informar la identificación de todos sus beneficiarios finales en la Declaración de Beneficiario Final, la entidad opina que se configura en este caso la infracción prevista en el numeral 4 del Artículo 176 del Código Tributario, al presentarse la declaración en forma incompleta o no conforme con la realidad.

Informe No. 041-2020-SUNAT/7T0000: Planteada determinadas consultas sobre la aplicación de las percepciones y retenciones del Impuesto General a las Ventas, la SUNAT opina que:

1. La deducción que del Impuesto General a las Ventas por pagar se efectúa con el saldo no aplicado de las percepciones y retenciones de periodos, constituye una compensación automática de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 40 del Código Tributario.

2. Transcurrido el periodo de prescripción, los montos no agotados o no aplicados de tales percepciones o retenciones, no podrán deducirse del impuesto a pagar declarado por el contribuyente.

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