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Tributario

Boletín Lextribut@rio – Primera quincena de mayo: Proponen delegar al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria

21/05/2024
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A través del Proyecto de Ley No. 07752/2023-PE, presentado el 03 de mayo de 2024 por el Poder Ejecutivo, se propone delegar en dicho órgano la facultad de legislar, entre otras materias, en materia tributaria con el propósito de modernizar el Sistema Tributario.

En particular, la propuesta tiene tres objetivos principales: (i) establecer un marco regulatorio para los modelos de negocios basados en la economía digital, (ii) perfeccionar el régimen tributario de las empresas de menor tamaño, y (iii) perfeccionar las herramientas legales y administrativas del Sistema Tributario.

Para tal efecto, se propone modificar el Código Tributario, la Ley del Impuesto a la Renta, la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, entre otras normas. Entre las principales materias que se proponen modificar, se encuentran las siguientes:

  • Modificar las reglas de responsabilidad, habitualidad y el lugar de imposición conforme al principio del país de destino, respecto del Impuesto General a las Ventas (“IGV”), en el caso de operaciones realizadas con proveedores o intermediarios de bienes y servicios no domiciliados.
  • Incorporar dentro del ámbito de aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
  • Modificar las disposiciones sobre los documentos que debe presentarse ante el notario público por la enajenación de inmuebles derechos sobre los mismos y las normas relativas a la responsabilidad solidaria de los notarios públicos.
  • Regular los intereses aplicables en las devoluciones de pagos indebidos o en exceso, así como los intereses y su cómputo respecto de las multas tributarias.
  • Modificar las reglas sobre la deducción de gastos por concepto de remuneraciones que correspondan a los directores de sociedades anónimas.
  • Modificar la tasa y señalar reglas para la determinación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (“IR”), así como la retención de los contribuyentes que perciben rentas de cuarta categoría del IR.
  • Regular la definición de intereses de deuda, así como aquellos supuestos vinculados a las operaciones de financiamiento y gastos incurridos en relación con la obtención de financiación.
  • Ajustar la regla del umbral mínimo establecida como excepción a la aplicación de la regla del EBITDA.

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