Se crea la Ley del Joven Empresario:
Con fecha 12 de julio del 2023, se publicó la Ley del joven empresario, Ley No. 31828 (la “Ley”), la cual tiene como objeto establecer un marco normativo promotor a fin de generar fuentes de trabajo para jóvenes. La Ley otorga los siguientes beneficios:
- Proceso de constitución e inscripción registral simplificada de la empresa
- El contribuyente sujeto al régimen general del Impuesto a la Renta (“IR”) o al Régimen MYPE Tributario que contrate uno o más trabajadores nuevos, para efectos de la determinación del IR de los ejercicios 2024 y 2025, puede aplicar una deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
– El trabajador tiene, al momento de su contratación, una edad igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años.
– El trabajador no debe estar registrado en la planilla electrónica de una o más empresas en un periodo de doce meses previos a la fecha de inicio de labores.
– La remuneración básica mensual del nuevo trabajador no supera los S/ 1 700. Tratándose de trabajadores cuya remuneración sea variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito si el promedio mensual de las remuneraciones percibidas durante los meses de enero a diciembre de los ejercicios 2024 y 2025 no superan los S/1700.
– El empleador incorpora al nuevo trabajador en el T-Registro de la planilla electrónica dentro de los plazos previstos en la legislación vigente.
– El número de trabajadores registrados en la planilla electrónica del empleador es mayor al empleo en el periodo base, de acuerdo con lo que se establezca en el Reglamento.
– La relación laboral se inicia a partir del 1 de enero de 2024.
– El plazo mínimo de vigencia del contrato de trabajo es de un mes.
- Devolución del IGV para las operaciones de exportación de bienes y servicios, conforme a lo previsto en la legislación vigente.
- En los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras de las entidades del sector público, las empresas constituidas por jóvenes, cuya edad sea igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años, tienen una bonificación de puntaje adicional de 5% en la propuesta técnica.
- Vigencia: la Ley entra en vigor el 13 de julio del 2023.