El 28 de mayo se publicó el Decreto Legislativo No. 1569 que tiene como finalidad establecer medidas especiales para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022 – 2025 (“PNISC”).
Las disposiciones más relevantes son las siguientes:
- Exoneración de las licencias de habilitación urbana y/o de edificación a los proyectos priorizados en el PNISC, con excepción de las obras vinculadas a bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación del periodo posterior al prehispánico.
- En caso de que las áreas para la ejecución de los proyectos priorizados del PNISC coincidan total o parcialmente con otros proyectos, las entidades públicas compatibilizan o levantan cualquier carga, reserva o afectación que impida, limite o restrinja el otorgamiento de autorizaciones o el uso de las áreas de dominio público o privado.
- Responsabilidad administrativa disciplinaria ante el incumplimiento de los plazos y exigencias de requisitos no previstos para la recepción de solicitudes, tramitación, evaluación y emisión del acto administrativo para la obtención de licencias, permisos, autorizaciones u otros que se requieran para el desarrollo de los proyectos priorizados en el PNISC.
- Las entidades públicas titulares de los proyectos priorizados en el PNISC podrán financiar y ejecutar las actividades e intervenciones necesarias para la liberación, remoción o reubicación de interferencias.
- Procedimiento para la expedición del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos en Superficie y autorización de los Planes de Monitoreo Arqueológico, de los Proyectos de Evaluación Arqueológica; así como, de los Proyectos de Rescate Arqueológico.
- Las entidades públicas del Sector Transporte y Comunicaciones podrán fijar el valor de tasación de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos a su cargo, lo cual incluye a los proyectos priorizados en el PNISC.
El Decreto Legislativo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.