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Laboral

Lexl@boral – Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario de fondos del SPP

03/05/2024
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El 03 de mayo de 2024, se ha publicado la Resolución SBS N° 01623-2024, a través de la cual se establece el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario y voluntario de hasta S/ 20,600 de los fondos del Sistema Privado de Pensiones. El procedimiento es el siguiente:

1.Presentar una solicitud de retiro extraordinario ante la AFP a la que se encuentren afiliados, indicando el monto a retirar. Esta solicitud deberá presentarse hasta dentro de los 90 días calendario posteriores al 20 de mayo de 2024.

2.Una vez recibida la solicitud, el desembolsó se realizará en un plazo máximo de 30 días calendario, conforme a lo siguiente:

    • El primer desembolso deberá realizarse, como máximo, a partir del 14 de junio.
    • El segundo desembolso se realizará en un plazo de 30 días calendario desde que se realizó el primero.
    • El tercer y cuarto desembolso se realizarán hasta 30 días calendario después de haberse realizado el desembolso previo correspondiente.

3.En caso un afiliado desee desistirse de su solicitud de retiro, deberá comunicarlo a la AFP, por única vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado cualquiera de los desembolsos

4.Los afiliados que se encuentren en el extranjero o físicamente imposibilitados podrán presentar su solicitud de retiro o de desistimiento por los canales y plataformas que se habiliten para tal fin.

Cada AFP deberá implementar los mecanismos de información más idóneos para asegurar la oportunidad y el acceso de los afiliados al procedimiento de retiro, así como al posible desistimiento de la solicitud. Asimismo, la AFP es responsable de disponer el medio idóneo para realizar los pagos.

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