Al respecto de los Proyectos de Ley 7616/2023-CR, 7599/2023-CR, 7596/2023-CR, 7590/2023-CR, 7581/2023-CR, 7571/2023-CR, 7569/2023-CR que buscan autorizar el retiro del 100% de la CTS, Mauricio Almonte, nuestro Asociado especialista en Derecho Laboral nos comentó lo siguiente:
«Se han presentado 7 proyectos de ley que buscan autorizar el retiro del 100% de la CTS, siendo la única diferencia entre todos estos la fecha límite para el retiro, pues en algunos se podría realizar hasta el 31 de diciembre de este año y en otros el último día del 2025.
Consideramos que esta propuesta desnaturalizaría la finalidad de este beneficio, pues la CTS tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo. De esta manera, si se autoriza el retiro de estos fondos se pondría más dinero en el bolsillo de personas que actualmente ya tienen trabajo formal, pero se les dejaría en total estado de desprotección en caso pierdan el trabajo. Esto significa que el beneficio que se pretende obtener -consistente en colocar más dinero en los bolsillos de trabajadores formales para el gasto diario- es menor al costo que generará, pues los trabajadores que retiren su CTS se quedarán sin fondo de contingencia en caso queden sin trabajo.
Teniendo en cuenta que recientemente se ha aprobado el retiro de 4 UIT del fondo de pensiones de los trabajadores que pertenecen al SPP (lo que también es una afectación al carácter intangible de este fondo previsional), permitir también el retiro de la totalidad de la CTS resultaría contradictorio si lo que se busca con estas normas es atender los incrementos en la canasta básica.»
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