El 7 de junio de 2024 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución N° 0337-2024/SEL-INDECOPI, mediante la cual Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI aprueba un precedente que define, entre otros, los alcances de las normas de carácter general y sus condiciones de exigibilidad para los administrados.
A continuación, exponemos los principales alcances del precedente:
- Las normas generales son aquellas que crean, modifican, regulan, declaran o extinguen derechos u obligaciones de carácter general y/o contienen un mandato genérico, objetivo y obligatorio. Para identificarlas se recurre a elementos como la pertenencia al ordenamiento, la consunción y la generalidad.
- Conforme a la normativa vigente, las normas de carácter general, así como los anexos o reglamentos técnicos generales que estas aprueben, deben ser publicadas íntegramente en el diario oficial El Peruano, en el diario encargado de los avisos judiciales o en otro medio que asegure su publicidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades.
- La obligación de publicación se extiende a las directivas, lineamientos y reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de una entidad o aquellos vinculados a la aplicación de sanciones administrativas.
- Las normas de carácter general que no cumplan con las reglas de publicación indicadas carecerán de eficacia y no podrán ser oponibles o exigibles frente a los administrados.
- Los órganos de eliminación de barreras burocráticas (Comisión y Sala) deberán declarar la ilegalidad de las medidas que se encuentren materializadas en actos administrativos o actuaciones materiales, cuyo único sustento jurídico sea una disposición administrativa que no haya sido publicada conforme a lo descrito.