Mediante Decreto Supremo No. 051-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó modificaciones al Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
Entre las principales modificatorias reglamentarias tenemos:
- Cualquier entidad, definida en la Ley de Contrataciones del Estado, podrá suscribir contratos de obra que incluyan el diseño y construcción.
- Las entidades del gobierno nacional y regional podrán realizar aprobaciones parciales del expediente técnico de obra siempre que hayan alcanzado un porcentaje de ejecución financiera de inversiones mayor o igual al 70% en los 2 años fiscales anteriores a la convocatoria.
- La Junta de Resolución de Disputas será facultativa en los contratos de obra que no comprendan diseño y construcción, cuyos montos sean menores o iguales a 20 millones de soles.
- La Junta de Resolución de Disputas será obligatoria en cualquier contrato de obra siempre que comprenda diseño y construcción. Las funciones de la Junta de Resolución de Disputas inician desde la elaboración del expediente técnico.
La presente norma entró en vigor desde el 14 de abril de 2024.