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CompetenciaDerecho Administrativo

Client Memo – Se publica proyecto de reglamento de la ley que promueve el uso de inteligencia artificial

03/05/2024
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El 2 de mayo de 2024 se dio a conocer para comentarios el borrador del Reglamento de la Ley N.º 31814, conocida como la Ley que impulsa el uso de la inteligencia artificial (“IA”) para el desarrollo económico y social del país.

A continuación, te presentamos las disposiciones más importantes:

I. Objeto y principios

  1. El propósito principal de este proyecto es disponer las condiciones que garanticen uso y desarrollo de la IA de manera responsable fortaleciendo su marco institucional y promoviendo el desarrollo de los sistemas basados en IA en favor del desarrollo económico y social del país.
  2. El ámbito de aplicación de la ley y reglamento incluye a entidades de la administración pública, incluyendo las entidades privadas que brinden servicios públicos o realicen funciones administrativas bajo autorización del Estado. Asimismo, también incluye a las empresas estatales bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado; y, a las organizaciones de la sociedad civil, ciudadanos, empresas y academia.
  3. Se incluyen una serie de principios rectores entre los que destacan: (i) protección de la privacidad y datos personales; (ii) seguridad, proporcionalidad y fiabilidad del uso de un sistema basado en IA; (iii) transparencia; y, (iv) responsabilidad humana, entre otros.

II. Autoridad competente, alcance y funciones

  1. Se ratifica a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital como la autoridad técnico-normativa a nivel nacional encargada de evaluar y supervisar la adopción de los sistemas basados en IA en el Perú, para lo cual deberá elaborar los lineamientos respectivos.
  2. En lo relativo al adecuado uso de los datos personales cuando son utilizados en el uso y/o desarrollo de la inteligencia artificial, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales será la encargada de hacerlo respetar, así como de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento. 

III. Gestión de riesgos de los sistemas basados en IA

  1. Los sistemas basados en IA se clasifican según el riesgo de afectación al trato equitativo, transparencia y derechos fundamentales. La clasificación va desde riesgo inaceptable hasta bajo.

IV. Uso responsable y ético de la IA

  1. Los implementadores de sistemas basados en IA deben tomar medidas de gestión adecuadas según su nivel de riesgo.
  2. Dentro de las medidas para fortalecer el uso responsable y ético de la IA, se incluyen la de informar claramente al ciudadano sobre el uso del sistema; explicar su funcionamiento; proveer información sobre quienes toman decisiones; y, garantizar el cumplimiento de los derechos de autor.
  3. El implementador de un sistema basado en IA es responsable ante la afectación de los derechos fundamentales que se haya generado durante su uso y desarrollo. La responsabilidad puede ser civil, administrativa o penal.
  4. Dentro de las medidas para la seguridad y confianza en el uso y desarrollo de la IA, se incluyen la de reportar incidentes de seguridad digital al Centro Nacional de Seguridad Digital; e, incluir etiquetas visibles en contenidos generados por sistemas de IA generativa.

El plazo para enviar comentarios vence el próximo 1 de junio de 2024.

 


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