El 2 de octubre de 2020, el Tribunal Constitucional publicó la Sentencia No. 556/2020, a través de la cual declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo No 1421, referida a la prescripción de la facultad de la Administración Tributaria de exigir el cobro de la deuda tributaria.
La citada norma dispuso que el Decreto Legislativo No. 1113 (que estableció que el plazo prescriptorio de la facultad del cobro de la deuda tributaria se origina desde el día siguiente de haberse notificado los valores) y vigente desde el 28 de setiembre de 2012, aplica para aquellos casos en los que el cómputo de la prescripción inició antes de la vigencia del referido Decreto, y fueron notificados con valores a partir de dicha fecha.
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