Mediante el Decreto Supremo Nº 190-2020-EF, del 16 de julio de 2020, se amplió nuevamente el plazo, esta vez hasta el 31 de agosto de 2020 para que las instituciones financieras presenten sus declaraciones informativas correspondientes a los años 2018 y 2019 a la SUNAT en el marco del intercambio automático de información a realizarse de acuerdo con lo acordado en tratados internacionales y en las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.