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Derecho AdministrativoTributario

Lexm@il – Nuevas condiciones para el uso de CIPGN y CIPRL

13/05/2024
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El pasado 11 de mayo entró en vigor la aplicación de los Certificados de Inversión Pública (“CIPGN” y “CIPRL”) para el pago de tributos cuya recaudación constituya ingreso del Tesoro Público, distintos al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, y que sean administrados por SUNAT.

Como se recuerda, mediante Decreto Supremo No. 011-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanza aprobó nuevas disposiciones al Reglamento de Obras por Impuestos con el objeto de adecuarse a las Leyes No. 31735 y No. 31912, sobre la ampliación del uso de los CIPGN y CIPRL, condiciones para la recuperación de la inversión, responsabilidades de la empresa privada y entidad pública, entre otros

Los tributos cuya recaudación constituye ingreso del Tesoro Público y que son administrados por SUNAT son: Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto a las Bolsas de Plástico, Impuesto Especial a la Minería e Impuesto Temporal a los Activos Netos. No obstante, según la exposición de motivos del decreto supremo en mención, en opinión de SUNAT, los CIPGN y CIPRL no podrán ser usados para el pago del IGV.

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