Skip to main content
Tributario

Boletín Tributario – Normas de interés

06/01/2021
Compartir en:
Contactos:

Impuesto a la Renta

– Ley No. 31108, publicada el 31 de diciembre de 2020, mediante la cual se modificó la LIR a fin de flexibilizar las obligaciones formales aplicables a las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales. En ese sentido, se ha incorporado al artículo 65 de la LIR que, las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales, domiciliadas en el país y que obtengan rentas o pérdidas de tercera categoría generadas por fondos de inversión, patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras y/o fideicomisos bancarios, cuando provengan del desarrollo o ejecución de un negocio o empresa, no se encuentran obligadas a llevar libros y registros contables.

– Decreto Supremo No. 425-2020-EF, publicado el 31 de diciembre de 2020, a través del cual, se modificó el Reglamento de la LIR, estableciéndose que, no procederán la retención del impuesto a la renta cuando las sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión paguen las rentas mediante abono en cuenta bancaria, que los distribuidores de cuotas de participación dispongan para tales efectos, cuando actúen por cuenta de los partícipes de dichos fondos.

– Decreto Supremo No. 432-2020-EF, publicado el 31 de diciembre de 2020, mediante el cual se establecieron disposiciones referidas a la deducción adicional de gastos de las rentas de cuarta y quinta categoría, establecida por la Ley No. 31103.

– Mediante la Resolución de Superintendencia No. 000225-2020, publicada el 27 de diciembre de 2020, la SUNAT ha modificado los importes aplicables a la excepción de efectuar pagos a cuenta (“PAC”) y la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o PAC del impuesto a la renta (“IR”) del ejercicio 2021, por las rentas de cuarta categoría (Ver Lextributario).

Beneficios tributarios

– Ley No. 31110, publicada el 31 de diciembre de 2020, a través de la cual, se aprobó una nueva Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial (Ver Lextributario).

– Ley No. 31103, publicado el 30 de diciembre de 2020, mediante la cual, se ha dispuesto un Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento para el sector Turismo (RAF-Turismo) respecto de las deudas tributarias administradas por la SUNAT, a fin de mitigar el impacto sobre dicho sector, como consecuencia del COVID-19.

Obligaciones formales ante SUNAT

– Decreto Supremo No. 430-2020-EF, publicado el 31 de diciembre de 2020, a través de la cual, se aprueba el Reglamento  que regula el suministro de información financiera a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributaria (Ver Lextriburario).

– Resolución de Superintendencia No. 000224-2020, publicada el 27 de diciembre de 2020, mediante la cual, la SUNAT ha publicado el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones mensuales, así como, las fechas máximas de atraso para los registros llevados de forma electrónica (Ver Lextriburario).

Convenios internacionales

– Decreto Supremo No. 060-2020-RE, publicado el 30 de diciembre de 2020, mediante el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores ratifico el “Convenio entre la República del Perú y Japón para evitar la doble tributación en relación con los impuestos sobre la renta y para prevenir la evasión y la elusión fiscal” y su Protocolo aprobado por Resolución Legislativa No. 31098. El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” la fecha de entrada en vigencia del referido Convenio.

Volver al Blog