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Tributario

Boletín Lextribut@rio: Normas Tributarias de Interés – Primera Quincena de octubre 2021

18/10/2021
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Mediante el Decreto Supremo No. 271-2021-EF (el “Decreto Supremo”), publicado el 08 de octubre de 2021, se aprobaron las normas reglamentarias del Decreto Legislativo No. 1488, que estableció un régimen especial de depreciación para los contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta y modificó los plazos de depreciación mediante el incremento de los porcentajes de éstas para determinados bienes.

Los principales alcances del Decreto Supremo son los siguientes:

• Estableció una fórmula para determinar el porcentaje de avance de obra vinculado a las construcciones que, sin estar concluidas al 31 de diciembre de 2022, se utilicen en la generación de rentas gravadas.

• Dispuso que, tratándose de plantas de beneficio y otras construcciones de concesiones de beneficio, se entiende como inicio de la construcción el momento en el que se obtenga la autorización de la construcción; y, se entiende que ésta ha concluido cuando se haya obtenido el acto administrativo que aprueba la inspección de verificación de la construcción de obras e instalaciones del proyecto aprobado.

• Estableció que la depreciación aceptada tributariamente será aquella que no exceda el porcentaje máximo que corresponda según lo establecido en el Decreto Legislativo No. 1488, aun cuando la depreciación contabilizada dentro del ejercicio sea menor. En esa línea, enfatizó que no se aceptará la depreciación tributaria de una unidad del activo fijo si no se contabiliza su depreciación dentro del ejercicio gravable en los libros y registros contables.

• Precisó que se entiende por costos posteriores a aquellos que se deban reconocer como tales de acuerdo con las normas contables y en los que se ha incurrido respecto de edificios y construcciones afectados a la generación de rentas gravadas.

Vigencia: El Decreto Supremo entró en vigencia el 9 de octubre de 2021.

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