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El 1 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución del Tribunal Fiscal No. 05320-9-2021, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria. El criterio de observancia obligatoria establecido por la Resolución se refiere a la no aplicación de intereses moratorios y sanciones en relación con el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación.
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