El 6 de abril del 2020, la Presidencia de la Corte Superior, a través de la Resolución Administrativa N° 150-2020-P-CSJLI-PJ, tras haber recibido una solicitud por parte de los 17 juzgados comerciales de Lima, ha autorizado la implementación de mecanismos de trabajo remoto para los despachos de los juzgados comerciales de Lima.
Dichas funciones, permitirán a los jueces, el trabajo remoto con fines de descarga, pudiendo emitir y utilizar los actos procesales que estimen pertinentes, sin perjuicio de la suspensión de plazos decretada por el Poder Judicial.
Asimismo, se dispone que los jueces que voluntariamente deseen acogerse a dicha autorización, cuenten con los mecanismos para implementar el trabajo remoto, brindando para ello los datos del personal del juzgado, el cual, bajo ninguna circunstancia se encontrará obligado a asistir a las dependencias judiciales, así como tampoco las partes o el Juez.