El día de ayer, 15 de junio de 2020, se publicó en – Edición Extraordinaria – la Resolución de Superintendencia 87-2020-SUNAFIL, que prorroga la suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo (en adelante, “SIT”) y de los procedimientos administrativos en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (en adelante, “SUNAFIL”), conforme al siguiente detalle:
1. Actuaciones inspectivas y procedimientos administrativos sancionadores del SIT
Se prorroga, por 12 días hábiles contados desde el 11 de junio de 2020, la suspensión del cómputo de los plazos de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del SIT, a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.
2. Procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del SIT
Se prorroga, por 12 días hábiles contados desde el 11 de junio de 2020, la suspensión del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del SIT, a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.