El 27 de enero de 2021 se publicó el Decreto Supremo 8-2021-PCM, el cual prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 28 días calendario, a partir del lunes 1 de febrero de 2021.
El referido Decreto Supremo establece que las regiones con nivel de alerta extremo tienen inmovilización social obligatoria durante todo el día; las regiones con nivel de alerta muy alto tienen inmovilización social obligatoria de 8:00 p.m. a 4:00 a.m. del día siguiente; y las regiones con nivel de alerta alto tienen inmovilización social obligatoria de 9:00 p.m. a 4:00 a.m.
En ese sentido, los trabajadores que realicen actividades permitidas durante la inmovilización social obligatoria deberán solicitar un Pase Laboral, conforme a lo siguiente:
- El Pase Laboral puede ser solicitado en el siguiente enlace: https://paselaboral.servicios.gob.pe/paselaboral/request_new
- Las personas que cuenten con Pase Laboral podrán tramitar también el Pase Vehicular.
- Ante alguna intervención policial, el trabajador deberá exhibir su Pase Laboral y su DNI. Adicionalmente, se recomienda portar fotocheck y/o carta de autorización emitida por la empresa donde se evidencie que realiza actividades permitidas.
- El Pase Laboral y, de ser el caso, el Pase Vehicular, deben ser renovados cada 7 días. La renovación y/o modificación del Pase Laboral puede realizarse en el siguiente enlace: https://paselaboral.servicios.gob.pe/paselaboral/buscar.
- De consignarse información falsa en la solicitud, se anula el Pase Laboral y se incurre en un delito con consecuencias penales.