El día 15 de setiembre de 2018 se ha publicado el D.S. N° 9-2018-TR, Decreto Supremo que modifica los artículo 67 y 68 del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 11-92-TR, e incorpora en él los artículos 68-A y 68-B; referidos a la comunicación de servicios mínimos en caso de huelga y en el procedimiento de divergencia.