En el marco de la Pandemia derivada de la COVID-19, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de cada centro de trabajo debe gestionar e implementar -entre otros- los siguientes pasos, de forma previa al regreso de sus colaboradores al trabajo presencial[1], incluyendo a aquellos que fueron casos sospechosos o confirmados de COVID-19:
[1] Base legal: Directiva Administrativa 321-MINSA/DGIESP-2021 – Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2 (COVID-19).