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Laboral

Gratificaciones legales de Navidad

13/12/2021
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Durante la primera quincena de diciembre 2021, los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, cualquiera que sea su modalidad contractual, recibirán una gratificación legal por navidad, de acuerdo con los requisitos y condiciones previstas en la ley.

Requisitos

  • Estar laborando de forma efectiva en la oportunidad de pago; o, en su defecto estar gozando de vacaciones, encontrarse de licencia con goce de haber, descansos médicos que originen el pago de remuneración o subsidio u otros supuestos considerados por ley como efectivamente trabajados.
  • Haber laborado, por lo menos, un mes en el semestre comprendido entre el 1.7.2021 y el 31.12.2021.

Cálculo

  • El tiempo de servicios para efectos del cálculo se determina por cada mes calendario completo entre el 1.7.2021 y el 31.12.2021.
  • La gratificación legal equivale a la remuneración habitual que percibe el trabajador en la oportunidad que recibe el beneficio.
  • Las remuneraciones variables o imprecisas se incorporan si el trabajador las ha percibido, por lo menos, en alguna oportunidad en 3 meses entre el 1.7.2021 y el 31.12.2021.
  • Para los trabajadores de remuneración imprecisa, se promedia la remuneración percibida en los últimos seis meses anteriores al 15.12.2021.

Incumplimiento de pago de gratificaciones legales

  • No pagar de forma oportuna o completa las gratificaciones legales configura una infracción grave en materia de relaciones laborales, que puede ser sancionada hasta con 26.12 Unidades Impositivas Tributarias.

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