
Durante el mes de enero de cada año, las empresas deben presentar la relación de las labores indispensables a sus trabajadores u organización sindical y a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Conoce más a continuación:
Durante el mes de enero de cada año, las empresas deben presentar la relación de las labores indispensables a sus trabajadores u organización sindical y a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Conoce más a continuación: