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Durante el mes de enero de cada año, las empresas deben presentar la relación de las labores indispensables a sus trabajadores u organización sindical y a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Conoce más a continuación:
Durante el mes de enero de cada año, las empresas deben presentar la relación de las labores indispensables a sus trabajadores u organización sindical y a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Conoce más a continuación: