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Laboral

#DatoLaboral – ¿Se encuentra facultado el empleador a revisar los correos electrónicos de los trabajadores?

09/02/2021
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En la reciente sentencia del expediente N° 4386-2017-PA/TC, el Tribunal Constitucional establece que no debido a lo siguiente:

▪️ El artículo 2° inciso 10 de la Constitución reconoce el derecho al secreto de las comunicaciones y documentos privados

▪️ Ello supone que las comunicaciones no pueden ser abiertas, incautadas e interceptadas salvo autorización judicial.

▪️ Los documentos obtenidos en violación a este derecho fundamental serán considerados medios probatorios prohibidos.

Finalmente, es importante tener en cuenta que dicha posición del Tribunal contraría un pronunciamiento reciente ocurrido en el Expediente N° 943-2016-PA/TC.

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