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Laboral

Video: #DatoLaboral – Gestión de las renuncias en materia laboral

13/08/2024
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La renuncia es una forma de extinguir la relación de trabajo y para su materialización únicamente requiere que la voluntad del trabajador sea manifestada con 30 días de anticipación. Una vez presentada la renuncia, no hay marcha atrás y queda en potestad del empleador aceptar que la renuncia se ejecute en el plazo solicitado por el trabajador o, en su defecto, aplicar el plazo previsto en la legislación.

Sin embargo, en el desarrollo cotidiano de las relaciones laborales, es recomendable brindar respuesta a las cartas de renuncia presentadas por los trabajadores, ya sea por las coordinaciones de liquidación de beneficios sociales, acciones de conservación de información, gestión de accesos informáticos, implementación de los planes de sucesión, entre otras acciones que se generan con motivo de la extinción de una relación laboral.

A dichas acciones necesarias, debemos agregarle ahora la de prevenir que el silencio del empleador sea malinterpretado y utilizado como una herramienta para validar «desistimientos de renuncias», como ocurrió en la Casación 14663-2022 La Libertad, de la cual nos ocupamos en este episodio del #DatoLaboral.

Mira el video completo a continuación:

En caso no puedas visualizar el video, (haz clic aquí)

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