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Laboral

Dato Procesal Laboral: Casación 12478-2017 Loreto

10/06/2019
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El plazo de caducidad de impugnación del despido, también es aplicable para los procesos de reposición “reconducidos” del amparo al fuero laboral.

En la Casación 12478-2017 Loreto (28/5/19) la Corte Suprema analizó un caso que tenía como antecedente, haberse iniciado como un proceso de amparo que fue derivado a la vía laboral por aplicación del precedente Elgo Ríos (STC 2383-2013-PA/TC).

La Sala Superior declaró la caducidad de la acción de reposición tras verificar que la demandante cesó el 30 de noviembre de 2014, en tanto que presentó su demanda el 10 de febrero de 2015, excediendo el plazo de caducidad establecido en el artículo 36 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728.

Sobre el particular, la Corte Suprema determinó que el criterio adoptado por el Colegiado Superior es acorde al ordenamiento jurídico pues, el plazo para impugnar todo tipo despido es de 30 días, por lo que declaró infundado el recurso de casación de la demandante.

 

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