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Laboral

Dato Laboral – Sinusitis, artritis, fibromialgia, lumbociática, ¿son enfermedades ocupacionales?

12/02/2020
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En la Casación 23868-2017 Lima (22/01/2020), la #CS analizó un proceso indemnizatorio en donde una trabajadora de laboratorio acusaba que con motivo de la labor desempeñada por alrededor de 9 años en una empresa minera, había adquirido entre otras, las enfermedades de Sinusitis múltiple, Hernia de núcleo pulposo, Fibromialgia, Lumbociática y Artritis reumatoide seronegativa. La demandante aseveraba que su labor siempre la realizó de pie y tenía que jalar bolsas de 10 kilos para el análisis de muestras.

La #CS consideró que la empresa debe resarcir a la demandante debido a que: i) al inicio de la relación laboral no contaba con las enfermedades que presentó al cese; ii) la empresa no acreditó haber proporcionado una silla ergonómica, fajas o personal que apoye para el jalado y subida a la mesa de los minerales de 10 kilos. En sentido contrario, la Juez Ubillus Fortini emitió un voto en minoría, precisando que NO está acreditado el nexo de causalidad entre las enfermedades y las funciones que desempeñaba la demandante pues los diagnósticos no dan cuenta de causalidad inmediata.

Nos encontramos frente a un pronunciamiento sumamente controvertido de la #CS pues, más allá de la enumeración de los diagnósticos médicos de la demandante, en ningún momento se analizan aspectos como:

  1. ¿Cómo se configura el aspecto de ilicitud, cuando la norma de ergonomía nacional establece que el límite máximo de manipulación de cargas para las mujeres es de 15kg, en tanto que el caso sólo se planteó una manipulación de cargas de 10 kg?
  2. De acuerdo a lo indicado en la sentencia, las funciones de la demandante estuvieron vinculadas a un trabajo en laboratorio, por lo que una labor de estiba o desestiba (que implica una manipulación recurrente de cargas) queda descartada.
  • De otro lado, tampoco se realiza un análisis del nexo de causalidad entre cada una de las enfermedades enumeradas en el pronunciamiento, lo cual es de suma importancia pues muchas de los diagnósticos allí anotados se refieren a enfermedades cuya etiología no tiene vinculación con la relación laboral, como ocurre con la artritis o dolores lumbares (lumbociática).

El voto en minoría aborda un aspecto crucial en este tipo de procesos judiciales, que por lo general es dejado de lado. No basta con una enumeración extensa de dolencias que puede tener una persona que cesó en el empleo, sino que es necesario establecer individualmente en qué medida las funciones conllevaron a generar dichos padecimientos, más aún si la carga aseverada es menor a la establecida como límite máximo en la norma de ergonomía o si tenemos en cuenta que entre las enfermedades diagnosticadas están dolores lumbares, de rodilla o la “artritis del anciano”, las cuales no tienen etiología en una relación laboral, sino en actividades cotidianas ajenas a la relación laboral.

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