Skip to main content
Derecho Administrativo

Resumen disposiciones administrativas sobre COVID-19: Miércoles 25 de noviembre

25/11/2020
Compartir en:
Contacto:

Miércoles 25 de noviembre

ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Supremo 354-2020-EF

Aprueba Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia 77-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la Oficina de Normalización  Previsional (ONP) a los afiliados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones, se privilegia la tramitación de las solicitudes vinculadas al otorgamiento de los derechos pensionarios y el pago de las pensiones, así como la notificación obligatoria de los actos relacionados a dichas acciones.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Resolución Directoral 32 -2020-MTC/18

Prorroga hasta el 31 de marzo de 2021, la vigencia de licencias de conducir de la clase B y los certificados de salud para otorgarlas, cuyos vencimientos se hayan producido desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020

AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL

Resolución de Presidencia de Directorio 28-2020-APN-PD

Aprueba modificación del Anexo Único de la Resolución de Acuerdo de Directorio 39-2020-APN-DIR

Mediante Resolución de Acuerdo de Directorio 39-2020-APN-DIR de fecha 27 de mayo de 2020 y publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de mayo de 2020, se aprobó la incorporación del Capítulo VIII, el artículo 18 y un Anexo Único en el “Reglamento de Capacitación Portuaria” aprobado por Resolución de Acuerdo de Directorio 25-2014-APN/DIR. Según el artículo 3 del Reglamento de Capacitación Portuaria, las Organizaciones de Capacitación Portuaria (OCP) son instituciones debidamente autorizadas y registradas por la APN encargadas de desarrollar la capacitación portuaria a través de la implementación, entre otros, de los cursos de Gestión Portuaria y Trabajo Portuario, así como otros cursos que la APN considere necesario aprobar para la sostenibilidad del Sistema Portuario Nacional.

La Unidad de Capacitación Portuaria realizó un análisis de la situación de las OCP para el dictado de cursos a distancia advirtiendo que, de las treinta y seis (36) OCP que han sido registradas, solo 31 cuentan con autorización para el dictado de cursos a distancia y que de ellas, veintidós (22) OCP cuentan con plataforma y aula virtual y nueve (9) OCP cuentan solo con aula virtual para el dictado de los cursos a distancia; asimismo, señala que: i) las OCP y los Instructores de Capacitación Portuaria (ICP) están adaptándose progresivamente al uso del sistema e-learning para la realización de las capacitaciones a distancia, ii) en algunos sistemas e-learning se presentan fallas y no dan la confiabilidad para un óptimo desarrollo de las capacitaciones a distancia, habiendo algunas OCP solicitado el cambio a otro sistema e-learning, entre otros.

Es necesario ampliar la FASE TRANSITORIA hasta el 31 de diciembre de 2020, de tal manera que a partir del 1 de enero de 2021, las OCP que cumplan con las características mínimas funcionales de la Fase Definitiva, sean las únicas autorizadas para el dictado de los cursos a distancia; así como que los ICP presenten el certificado de capacitación para el dictado de clases a distancia hasta el 28 de diciembre para su evaluación y registro; los que presenten posterior a la referida fecha serán evaluados y registrados a partir del primer día hábil de enero de 2021.

 

Volver al Blog