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Derecho Administrativo

Resumen disposiciones administrativas sobre COVID-19: Jueves 21 de enero 2021

21/01/2021
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Jueves 21 de enero de 2021

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ley 31113

Ley que regula, autoriza, asegura y garantiza el uso de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud públicos y privados a nivel nacional

Se autoriza el uso de oxígeno medicinal en todas las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) del sector público, privado o mixta con una concentración no menor al 93 % conforme a los estándares internacionales de la Organización Mundial

de la Salud. Para tal fin, esta disposición deberá ser incluida en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales.

Los establecimientos de salud deben garantizar el cumplimiento del programa de mantenimiento y calibración del equipo generador, líneas de distribución y almacenamiento del oxígeno medicinal, así como el control de calidad y cambio de los consumibles.

El Ministerio de Salud, en coordinación con los gobiernos regionales y las sanidades de

las Fuerzas Armadas y Policiales, se encarga del seguimiento del stock y consumo del

oxígeno medicinal en los establecimientos de salud a nivel nacional, así como de llevar un registro de proveedores autorizados para dicho abastecimiento.

Las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) del sector público, privado o mixta proporcionan información sobre el stock, consumo, costos de mantenimiento y abastecimiento del oxígeno medicinal en sus instituciones, a través del sistema que se disponga para tal fin, en la frecuencia y disposiciones que establezca el reglamento.

La distribución, la generación a través de plantas de oxígeno en los hospitales a nivel nacional, así como sus estándares de consumo y utilización serán fijados en el reglamento.

El Ministerio de Salud, como ente rector durante las emergencias sanitarias, convocará a las instituciones públicas y privadas, involucradas en la producción, importación, comercialización y consumo final de oxígeno medicinal, para garantizar el suministro de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud.

Con el objetivo de garantizar la autosostenibilidad de las plantas de oxígeno medicinal, el Ministerio de Salud será el encargado de elaborar el plan de mantenimiento de las plantas de oxígeno medicinal, el cual debe considerar la relación detallada de las actuaciones del mantenimiento de estas, así como los intervalos temporales con que deben efectuarse.

El Ministerio de la Producción y el Ministerio de Salud, según corresponda, crean el registro nacional de productores y comercializadores de oxígeno industrial y el registro nacional de productores y comercializadores de oxígeno medicinal; en este último caso, según los estándares de calidad aprobados por la Autoridad Nacional de Salud.

El Ministerio de Salud publica en su portal institucional (www.minsa.gob.pe) los datos de stock y consumo del oxígeno medicinal en los establecimientos de salud a nivel nacional.

Los productores, importadores y comercializadores de oxígeno que se encuentran registrados en el Registro Nacional están obligados a informar al Ministerio de la Producción y al Ministerio de Salud de cualquier situación que altere el abastecimiento nacional de oxígeno medicinal e industrial. Dicha información debe ser publicada en los respectivos portales institucionales.

DECRETOS DE URGENCIA

Decreto de Urgencia 5-2021

Decreto de Urgencia que establece medidas para la sostenibilidad de los servicios de saneamiento e inversión del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento

Tiene por objeto aprobar medidas extraordinarias en materia económica y financiera, que permitan a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento reponer parte de los recursos del Fondo de Inversión utilizados para implementar el Decreto de Urgencia 36-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para reducir el impacto de las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria, en la economía nacional y en los hogares vulnerables, así como garantizar la continuidad de los servicios de saneamiento, frente a las consecuencias del COVID-19; con la finalidad de garantizar la calidad y continuidad de la prestación de los servicios de saneamiento; así como otras medidas que contribuyan a financiar proyectos de inversión en ejecución del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Decreto de Urgencia 6-2021

Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, para garantizar el desarrollo de las Elecciones Generales en el Año 2021

Autoriza a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que, durante el Año Fiscal 2021, formalice y realice el pago de una compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de los miembros de mesa, para que efectúen labores por cada jornada electoral (primera y segunda elección), que se ejecuten durante las Elecciones Generales en el año 2021.

EDUCACIÓN

Decreto Supremo 2-2021-MINEDU

Decreto Supremo que establece los criterios para la determinación de estudiantes y docentes beneficiarios del servicio de internet de las universidades públicas, en el marco de lo dispuesto por la Octogésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021a fin de garantizar la continuidad del servicio educativo de pregrado en las universidades públicas, a través de la prestación de dicho servicio de forma no presencial o remota, en el marco de las acciones preventivas y de control ante el brote del COVID-19

Las universidades públicas, consideran como criterios los siguientes:

Para estudiantes: Son todos aquellos estudiantes de pregrado de las universidades públicas que cuenten con matrícula vigente durante el año 2021, y que poseen la Clasificación Socioeconómica de Pobre o Pobre Extremo de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

Para docentes: Son todos aquellos docentes ordinarios y contratados con carga lectiva vigente de las universidades públicas y que se encuentran registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

Resolución Viceministerial 14-2021-MINEDU

Aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de competencias de los docentes usuarios de dispositivos electrónicos portátiles”

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Resolución de Presidencia Ejecutiva 6-2021-SERVIR/PE

Aprueba, por delegación, la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19” versión 3

 

 

 

 

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