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Derecho Administrativo

Resumen disposiciones administrativas sobre COVID-19 (del 3 al 6 de abril)

06/04/2020
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Resumen de disposiciones administrativas que han establecido diversas entidades públicas para prevenir la propagación del coronavirus en el territorio nacional del 3 al 6 abril de 2020 (no incluye laboral ni tributario).

Viernes 3 de abril de 2020 (edición extraordinaria)

DECRETOS DE URGENCIA

Decreto de Urgencia N° 035-2020

Establece medidas complementarias para reducir el impacto en la economía nacional, del aislamiento e inmovilización social obligatorio dispuesto en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional, así como para reforzar sistemas de prevención y respuesta sanitaria, como consecuencia del COVID-19.

Dispone que las empresas de distribución eléctrica y de gas natural podrán fraccionar los recibos pendientes de pago emitidos en marzo de 2020 o que comprendan algún consumo realizado durante el periodo de Estado de Emergencia. Esta medida será aplicable a los siguientes usuarios: (i) usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumos de hasta 100 kWh mensuales, (ii) usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo y (iii) usuarios residenciales del servicio de gas natural con consumos de hasta 20 m3/mes. El fraccionamiento de los recibos de pago y facturas se realizará hasta en treinta (30) días hábiles posteriores de concluido el Estado de Emergencia Nacional. Los recibos fraccionados no se considerarán vencidos, por lo que se aplicará la medida de corte de suministro, no se aplicaran intereses moratorios, cargos fijos por mora o cualquier otro concepto. Sin embargo, se aplicarán intereses compensatorios los cuales serán cancelados con los saldos disponibles del Fondo de Inclusión Social Energético hasta por un máximo de 25 millones de soles. Durante el plazo de vigencia del Estado de Emergencia, las transgresiones a la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Públicos de Electricidad no generarán la aplicación de compensaciones o sanciones, siempre que el evento de falla no esté relacionado a temas de seguridad o hayan ocurrido como consecuencia de las medidas o restricciones en el marco del Estado de Emergencia y/o por efectos del COVID-19. Asimismo, las transgresiones relacionadas a la Normas de Calidad de la Prestación del Servicio de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, referidos al cumplimiento del Plan Quinquenal y Anual; y, otros referidos a la prestación del servicio de distribución de gas natural por red de ductos; no generará la aplicación de una sanción.
Dispone que las empresas que presten servicios públicos de telecomunicaciones podrán fraccionar la deuda derivada de los recibos de abonados residenciales emitidos en marzo 2020 o por los consumos durante el Estado de Emergencia. El fraccionamiento aplicado será hasta por doce (12) meses y no se aplicarán intereses moratorios, compensatorios, cargos fijos por mora, cargos por reconexión o cualquier otro concepto que no esté vinculado con el pago del recibo y/o financiamiento de la deuda vencida. Asimismo, se podrá determinar la reducción de prestaciones a los usuarios que mantengan recibidos vencidos. En tal caso, dentro de un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Las medidas vinculadas al pago de servicios públicos de telecomunicaciones podrán ser aplicadas únicamente respecto a los servicios de telecomunicaciones de telefonía fija y móvil, acceso a internet fijo y móvil y distribución de radiodifusión por cable (televisión de paga). Las transgresiones al Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones que ocurran durante el plazo de vigencia del Estado de Emergencia no generarán sanciones, siempre que dichas transgresiones se traten de eventos ocurridos como consecuencia de las medidas establecidas en el Estado de Emergencia Nacional y COVID-19. Durante el Estado de Emergencia, las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones deberán priorizar el tráfico de las entidades de la Administración Pública.
Durante el Estado de Emergencia las empresas proveedoras de servicios públicos de electricidad, gas natural y telecomunicaciones pueden implementar las siguientes medidas: (i) suspensión de emisión y entrega de recibos y facturas; (ii) autorización de entrega de recibos o facturas por medios alternativos, siempre que el usuario cuente con dichos medios alternativos; (iii) suspensión de la lectura de los consumos de electricidad y gas natural de los usuarios finales; (iv) suspensión de la obligación de atender físicamente a los usuarios finales a través de los Centros de Atención al Cliente; (v) autorización para la emisión de los recibos o facturas por consumo al usuario final de electricidad y gas natural, considerando como método de cálculo el perfil de consumo de los últimos seis meses previos al mes a facturar.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución Viceministerial N° 090-2020-MINEDU

Aprueba Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de educación básica a cargo de instituciones educativas de gestión privada, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19”.

Resolución Viceministerial N° 091-2020-MINEDU

Suspende hasta el 4 de mayo de 2020 la aplicación de la “Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica” y aprueba otras disposiciones.

Sábado 4 de abril de 2020

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Decreto Supremo Nº 059-2020-PCM

Autoriza al Instituto Nacional de Defensa Civil a canalizar la entrega de donaciones provenientes del Sector Privado en favor de Entidades Públicas y de entidades benéficas sin fines de lucro, organizaciones y agencias internacionales especializadas, involucradas en la atención de poblaciones vulnerables, en el marco de la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional.

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO

Resolución Ministerial Nº 0094-2020-MINAGRI

Establece disposiciones para asegurar la adquisición, producción y abastecimiento de productos alimenticios con estricto cumplimiento de las normas que regulan el periodo de emergencia a fin de contener la propagación del COVID-19.

Dispone que, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, los productores, empresarios y trabajadores del sector agropecuario que realicen actividades de producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye almacenamiento y distribución, deben activar y ejecutar los protocolos de seguridad y sanitarias para salvaguardar la salud de las personas dedicadas a estas actividades.
Dispone que las actividades relacionadas a la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público, (determinadas como esenciales mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM autorizando la circulación de personas por vías de uso público para su prestación y acceso) comprenden toda actividad conexa al sector agrario y riego, tales como: (i) cosecha de productos agrícolas a nivel nacional; (ii) cuidado y mantenimiento de cultivos, crianza de animales, ordeños, forestales y actividades agropecuarias diversas; (iii) traslado de productos agrícolas, apícolas, animales vivos para consumo, sus productos y sub productos, a los diversos centros de procesamiento, transformación, acopio, almacenaje, distribución y comercialización; (iv) operación y mantenimiento de centros de procesamiento primario y secundario de alimentos; (v) elaboración y entrega de materiales e insumos agrícolas; (vi) elaboración y entrega de materiales e insumos pecuarios; (vii) importación y exportación de productos agropecuarios; (viii) riego de los terrenos de producción agrícola, operación y mantenimiento de infraestructura mayor y menor de riego.
Durante la vigencia del Estado de Emergencia, los productores, empresarios y trabajadores del sector agropecuario que realicen algunas de las actividades señaladas anteriormente, deberán tramitar el Pase Personal Laboral, registrando sus datos personales, a través del formulario virtual disponible en el portal web de la Policía Nacional del Perú y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano. En caso de situaciones excepcionales en las cuales no pueda tramitarse el Pase Personal Laboral a través del aplicativo informático, los interesados podrán acudir a la Comisaría más cercana, para solicitar la autorización respectiva.

MINISTERIO DE SALUD

Resolución Ministerial N° 171-2020/MINSA

Modifica la Directiva Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA, Directiva Sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19, aprobada por Resolución Ministerial N° 100-2020-MINSA.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES

Resolución Ministerial Nº 0239-2020-MTC/01.03

Modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado por Resolución Suprema N° 022- 2002-MTC, con el objeto de asignar al Ministerio de Defensa la línea telefónica gratuita: “111 – Línea de orientación para el llamamiento extraordinario de reservistas” por el plazo de sesenta (60) días hábiles contados desde la entrada de vigencia de la Resolución Ministerial.

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

Resolución Jefatural N° 000128-2020-JN/ONPE

Suspende con eficacia anticipada desde el 16 de marzo de 2020, el cómputo de la fecha límite para que las organizaciones políticas, los candidatos y candidatas o sus representantes de campaña, de ser el caso, presenten la información financiera de campaña electoral correspondiente a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, la cual fue fijada mediante Resolución N° 000124-2020-JN/ONPE; a razón de la declaración del Estado de Emergencia Nacional.

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Acuerdo de Consejo Directivo Sesión Ordinaria N° 332

Modifica las fechas de vencimiento para el pago de las cuotas del Impuesto Predial, los Arbitrios y el Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio del 2020, estableciéndose que la segunda cuota vencerá el 31 de julio de 2020, la tercera cuota el 30 de setiembre de 2020 y la cuarta cuota el 30 de noviembre de 2020.

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

Ordenanza N° 400/MDLM

Establece medidas complementarias a las normas dadas por el Poder Ejecutivo y modifica la Ordenanza N° 399/MDLM en materia tributaria.

Suspende por el termino de treinta (30) días hábiles (contados desde el 19 de marzo de 2020), la recepción inicio y tramitación de los procedimientos y servicios exclusivos del Texto Único de Procedimientos Administrativos y los procedimientos de cualquier otra índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo, así como de los procedimientos sujetos a silencio administrativo positivo o negativo, que se encuentran en trámite a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia Nº 029-2020 (21 de marzo de 2020).
Dispone la condonación de intereses moratorios y sanciones respecto de las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio 2020, que se encuentren vencidos y pendientes de pago hasta la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia Nº 029-2020.
Prorroga el plazo de vencimiento de la tercera cuota de los Arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2020, por treinta (30) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia Nº 029- 2020.
Dispone la condonación de intereses moratorios y sanciones respecto de las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto Predial y Arbitrios municipales correspondientes a ejercicios anteriores al año fiscal 2020, que se encuentren pendientes de pago, hasta el 15 de mayo del 2020.
Dispone la extinción de las costas procesales, aranceles y/o gastos generados en los procedimientos de cobranza coactiva en los que la deuda tributaria relacionada a estos procedimientos se hubiera extinguido con el pago total de la misma; y, en el caso de existir medidas cautelares previas o dentro del procedimiento de ejecución coactiva trabadas en relación a la correspondiente deuda tributaria exigible coactivamente, estas se procederán a levantar con la cancelación total de dicha deuda.

Ordenanza Nº 401/MDLM

Modifica el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de La Molina, con el objeto de establecer que durante estados de emergencia nacional se pueda realizar sesiones de Concejo Municipal de manera virtual.

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Ordenanza Municipal Nº 399-MDSJL

Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad distrital de San Juan de Juan de Lurigancho, con el objeto de establecer que durante estados de emergencia nacional se pueda realizar sesiones de Concejo Municipal de manera virtual.

Domingo 5 de abril de 2020

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Resolución Administrativa N° 000107-2020-P-CSJPPV-PJ

Establece la composición de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, durante el periodo del Estado de Emergencia.

Resolución Administrativa N° 000108-2020-P-CSJPPV-PJ

Dispone el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, durante el periodo de Estado de Emergencia.

Dispone que, durante el Estado de Emergencia, se suspende la atención en las Mesas de Partes de todas las Sedes Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla. La presentación de los requerimientos de la especialidad Penal (Habeas Corpus, prisión preventiva, medidas limitativas de derechos relacionadas con la emergencia sanitaria, detención de personas requisitoriadas e incoación de Proceso Inmediato); Familia (medidas de protección en procesos de violencia contra la mujer e integrantes contra el grupo familiar y procesos de adolescente en conflicto con ley penal que ingresen con detenido, consignación y pensión alimenticia); y, Constitucional (demandas de amparo y medidas cautelares), deberá presentarse por correo electrónico.

Resolución Administrativa N° 000110-2020-P-CSJPPV-PJ

Aprueba, en vía de regularización, el “Protocolo para la realización de audiencias de prisión preventiva e incoación de proceso inmediato, a través de “Hangouts Meet” en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla”.

Resolución Administrativa N° 000111-2020-P-CSJPPV-PJ

Prorroga la vigencia de la Resolución Administrativa N° 108-2020-P-CSJPPV mediante la cual se dispone el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, por el término de trece (13) días calendario contados a partir del 31 de marzo de 2020.

MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC

Ordenanza Municipal N° 246-2020-MDP/C

Modifica el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, con el objeto de establecer que durante estados de emergencia nacional se pueda realizar sesiones de Concejo Municipal de manera virtual.

Lunes 6 de abril de 2020

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

Resolución Directoral Nº 003-2020-INACAL/DN

Aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies. 1ª Edición”.

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