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Ambiental

Alerta Legal: Este 23 de febrero vence el plazo de los titulares para comunicar la no aplicabilidad de los parámetros cadmio, arsénico y cromo en material particulado menor a diez micras

14/02/2024
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Mediante Decreto Supremo N° 11-2023-MINAM; de fecha 23 de noviembre de 2023, que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental de Aire (“ECA Aire”) de los parámetros cadmio, arsénico y cromo en material particulado menor a diez micras (PM10); se estableció que en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles desde su aprobación, todo titular de actividades al que no le sea aplicable la adecuación a estos parámetros tendrá que comunicarlo a la autoridad certificadora y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (“OEFA”).

Plazo máximo para la comunicación:
23 de febrero de 2024

¿Quiénes son los sujetos obligados a adecuar las actividades a los nuevos parámetros ECA Aire?

La obligación recae sobre todos los administrados, sin importar el sector, en cuyas actividades generen valores de cadmio, arsénico y cromo en material particulado menor a diez micras (PM10).

¿Ante qué autoridad se debe realizar la comunicación de no aplicabilidad?

La comunicación debe realizarse ante la autoridad certificadora sectorial, así como ante el OEFA, a fin de ponerlo en conocimiento en el marco de una posible supervisión ambiental.

Recuerda que -en caso estos parámetros sean aplicables a las actividades del titular- la no adecuación supone un incumplimiento al instrumento de gestión ambiental, el cual puede ser supervisado y sancionado por el OEFA.


 

 

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