Skip to main content
Proyectos e Infraestructura

Ministerio de Economía y Finanzas aprueba disposiciones para la emisión electrónica de CIPRL, CIPGN y documentos cancelatorios

07/05/2020
Compartir en:
Contacto:

Mediante Resolución Directoral No. 003-2020-EF/52.06, publicada el 7 de mayo de 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha establecido disposiciones para la emisión electrónica de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL), Certificados de Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público (CIPGN) y Documentos Cancelatorios – Tesoro Público (DCTP), que soliciten las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, las Municipalidades, las Mancomunidades Municipales y Mancomunidades Regionales, y las Universidades Públicas (las entidades públicas).

La referida norma regula, entre otros, las solicitudes, emisión, fraccionamiento y negociabilidad de los CIPRL, CIPGN y DCTP. Entre las principales disposiciones emitidas tenemos:

  1. Las entidades públicas presentan las solicitudes de emisión de los CIPRL, CIPGN y DCTP electrónicos a través de la plataforma de Documentos Valorados, siendo requisito adjuntar los documentos correspondientes.
  2. La Dirección General del Tesoro Público del MEF emite electrónicamente los CIPRL, CIPGN y DCTP mediante la plataforma de Documentos Valorados (https://apps4.mineco.gob.pe/ciprlapp). La emisión electrónica aplicará desde el 18 de mayo 2020.
  3. El tenedor de los CIPRL, CIPGN y DCTP electrónicos, puede solicitar su fraccionamiento de forma directa y automática a través de la plataforma Documentos Valorados.
  4. En cuanto a la transferencia de la titularidad del CIPRL o CIPGN, ésta se realiza a través de la plataforma Documentos Valorados, de acuerdo con la información solicitada.

Finalmente, la norma ha dispuesto que los CIPRL y DCTP emitidos físicamente pueden ser aplicados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria hasta el 31 de mayo de 2020. Después de dicha fecha, el tenedor deberá solicitar a la Dirección General del Tesoro Público del MEF su canje por el documento electrónico.

Volver al Blog