De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Canon, Ley No. 27506, aprobado mediante Decreto Supremo No. 080-2019-EF, los titulares con concesiones mineras en jurisdicciones distintas deben presentar hasta el 31 de marzo de cada año la Declaración Jurada para acreditar el valor de venta del concentrado o equivalente de cada concesión minera y valor del componente minero ante la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas.