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Actualmente, se vienen discutiendo iniciativas tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Legislativo que buscan derogar la Suspensión Perfecta de Labores (“SPL”) regulada en el Decreto de Urgencia 38-2020 y sus normas complementarias.
Al respecto, cabe recordar que en el marco de la pandemia originada por la COVID-19, se publicó el Decreto de Urgencia 38-2020, el cual permite que ciertos empleadores – de forma excepcional, cumpliendo diversos requisitos y condiciones y sujetos a la verificación por parte de la Autoridad Administrativa de Trabajo y SUNAFIL- implementen la SPL. Este mecanismo implica -principalmente- el cese temporal de la obligación del trabajador de prestar servicios para su empleador y la de este último de abonar su remuneración mensual.
De igual modo, resulta pertinente precisar que, a la fecha, la SPL puede encontrarse vigente hasta 30 días calendario luego de terminado el Estado de Emergencia Sanitaria.
Conoce a continuación algunos de los posibles escenarios que podrían presentarse luego de la derogación de la SPL: