Skip to main content
Laboral

Lexl@boral – Se disponen requisitos para el control migratorio de ingreso al territorio peruano para ciudadanos venezolanos

27/06/2024
Compartir en:
Contacto:

El día de hoy, 27 de junio de 2024, se publicó la Resolución de Superintendencia 000121-2024-MIGRACIONES, a través de la cual se deja sin efecto la Resolución de Superintendencia 000177-2019-MIGRACIONES, y se dispone que, para efectos de control migratorio de ingreso al territorio peruano, los ciudadanos venezolanos deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Para solicitar la Calidad Migratoria Temporal:
    1. Pasaporte ordinario venezolano vigente; y,
    2. Visa correspondiente, otorgada por una Oficina Consular Peruana.
  2. Para solicitar la Calidad Migratoria Residente:
    1. Pasaporte ordinario venezolano vigente; y,
    2. Visa correspondiente, otorgada por una Oficina Consular Peruana.
  3. Para solicitar la Calidad Migratoria Residente, en su versión humanitaria:
    1. Pasaporte ordinario venezolano vigente; y,
    2. Visa Humanitaria vigente, otorgada por una Oficina Consular Peruana.

Asimismo, se dispone admitir, por única vez, la presentación de solicitudes de cambio de condición migratoria para los extranjeros venezolanos que cuenten con pasaportes vencidos, siempre que (i) su último ingreso al Perú se hubiera realizado antes de la vigencia de esta Resolución, (ii) permanezcan en territorio peruano y (iii) cumplan con los demás requisitos y condiciones inherentes a cada procedimiento.

La presente Resolución entrará en vigencia el 2 de julio de 2024.

Volver al Blog