![](https://blog.prcp.com.pe/wp-content/uploads/2024/07/Infografia-FERIADOS.png)
Los feriados del 23, 28 y 29 de julio son días de descanso remunerado sin necesidad de compensación posterior, mientras que los días no laborables del 26 y 27 de julio deben ser compensados con trabajo adicional, sin pago de sobretasa ni descanso compensatorio.
Conoce más detalles a continuación en la siguiente infografía: