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Laboral

Empleadores deben actualizar el Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo

03/12/2020
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De acuerdo con el artículo 2.3 de la Resolución Ministerial 377-2020-MINSA el Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo (en adelante, el “Plan”) se actualiza en los siguientes supuestos:

1. Cuando la empresa ha añadido una nueva actividad aprobada en una nueva fase.

2. Cuando se haya producido una modificación en los procedimientos obligatorios de prevención de la COVID-19 o en los procedimientos obligatorios para el regreso y reincorporación al trabajo.

En ese sentido, los empleadores deben actualizar el Plan de acuerdo con los nuevos procedimientos obligatorios establecidos en los “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2”, aprobados por la Resolución Ministerial 972-2020/MINSA, que ya se encuentran vigentes.

La adecuación del Plan deberá ser aprobada por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, de forma previa a su registro en el SISCOVID-19 del Ministerio de Salud.

Es importante recordar que la SUNAFIL podrá fiscalizar la adecuación del Plan a los nuevos lineamientos y procedimientos aprobados por la Resolución Ministerial 972-2020/MINSA, aplicando las sanciones que correspondan en caso de incumplimiento.

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