Skip to main content
Derecho Administrativo

Resumen disposiciones administrativas sobre COVID-19 (2 de julio)

02/07/2020
Compartir en:
Contacto:

Resumen de disposiciones administrativas que han establecido diversas entidades públicas para prevenir la propagación del coronavirus en el territorio nacional el 2 de julio de 2020.

Jueves 2 de julio 2020

DECRETOS DE URGENCIA

Decreto de Urgencia 77-2020

Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a los afiliados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de emergencia sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones.

Decreto de Urgencia 78-2020

Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y complementarias para la compensación de horas de licencia con goce de haber otorgadas en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el sector público.

EDUCACION

Decreto Supremo 8-2020-MINEDU

Decreto Supremo que incorpora Disposiciones Complementarias Transitorias al Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo 4-2013-ED, e incorpora una Disposición Complementaria a la norma aprobada por el Decreto Supremo 17-2019-MINEDU.

Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por la existencia del brote del Coronavirus (COVID-19) la autoridad competente emite la resolución administrativa de cese por la causal de fallecimiento del profesor o auxiliar de educación a partir del día de su deceso, acreditado con el Certificado de Defunción emitido conforme a la Directiva Administrativa 216-MINSA-OGTI-V.01: Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para la Certificación de las Defunciones, aprobada por Resolución Ministerial 280-2016-MINSA, o norma que la sustituya, o en mérito al Acta de Defunción generada en línea, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Gerencial 10-2020/GG/RENIEC; quedando suspendida durante dicho periodo la vigencia de los artículos 116 y 234 del Reglamento.

Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria por la existencia del brote del Coronavirus (COVID-19) el subsidio por luto-sepelio a causa del fallecimiento del cónyuge o conviviente reconocido judicialmente o notarialmente, padres o hijos del profesor, se otorgará, a petición de parte, previa presentación del Certificado de Defunción emitido conforme a la Directiva Administrativa 216-MINSA-OGTI-V.01: Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para la Certificación de las Defunciones, aprobada por Resolución Ministerial 280-2016-MINSA, o norma que la sustituya, o en mérito al Acta de Defunción generada en línea, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Gerencial 10-2020/GG/RENIEC; y los documentos que acrediten el parentesco; quedando suspendida durante dicho periodo la vigencia del literal b) del numeral 135.1 del artículo 135 del  Reglamento.

SALUD

Resolución Ministerial 451-2020-MINSA

Aprueba el Documento Técnico: Lineamientos para la Prevención de Infecciones Respiratorias y COVID-19 en zonas cercanas a población indígena en aislamiento y contacto inicial en el Perú.

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

Decreto Supremo 16-2020-TR

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo 1378, Decreto Legislativo que fortalece y extiende la accesibilidad al Certificado Único Laboral para Jóvenes.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Resolución Ministerial 357-2020-MTC/01.03

Modifica “Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento del beneficio de pago fraccionado de deudas por concepto de Tasas, Canon y Multas Administrativas derivadas de la aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo 13-93-TCC, la Ley Nº 28278 – Ley de Radio y Televisión – y sus respectivos Reglamentos”.

Prorroga hasta el 03 de setiembre de 2020, el plazo para cancelar las cuotas mensuales de fraccionamiento vigentes cuya pérdida no ha sido declarada, relacionadas a las deudas derivadas de la prestación de los servicios de radiodifusión o servicios privados de telecomunicaciones, cuyo último día de pago se encuentra comprendido entre el 16 de marzo y el 02 de setiembre de 2020.

Resolución Secretarial 79-2020-MTC/04

Modifica el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, aprobado con Resolución Secretarial 70-2020-MTC/04.

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Resolución de Consejo Directivo 74-2020-OS/CD

Modifica el “Cronograma para la presentación de solicitudes de reinscripción en el Registro de Hidrocarburos”.

Resolución de Consejo Directivo 75-2020-OS/CD

Aprueba medida excepcional y transitoria para presentación de requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de Osinergmin durante el periodo de Emergencia Sanitaria Nacional.

En tanto dure el Estado de Emergencia Nacional y Emergencia Sanitaria decretados en el país, los administrados podrán acreditar el cumplimiento del requisito contenido en los procedimientos N° 3.1, 3.2, 3.5, 3.8, 3.13, 3.14, 3.15, 3.16, 3.19, 3.20, 3.21, 3.22, 4.2 y 4.5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de Osinergmin, referido a la “presentación física de la ingeniería básica correspondiente a la obra o de los planos conforme a obra, en escala normalizadas adecuada, firmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables de la especialidad, inscritos y habilitados en el colegio profesional correspondiente”, con la presentación, a través de la Ventanilla Virtual de Osinergmin (VVO), de los planos en formato autocad y del formato “Declaración Jurada del Responsable del Diseño de Plano(s)”.

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

RESOLUCIÓN SBS 1747-2020

Prorroga plazo para realizar el protesto de los títulos valores que se encuentren en poder de las entidades sujetas al control de la SBS, y cuyos obligados al pago domicilian en el territorio de la República del Perú, o cuyo protesto debía llevarse a cabo en dicho territorio.

El plazo para realizar el protesto (incluye la formalidad sustitutoria de acuerdo a ley) de los títulos valores que se encuentren en poder de las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y cuyos obligados al pago domicilian en el territorio de la República del Perú, o cuyo protesto debía llevarse a cabo en dicho territorio, se prorroga hasta el 31 de agosto de 2020.

La presente medida extraordinaria es aplicable respecto a todo título valor que, al 11 de marzo de 2020, se encontraba con plazo vigente para ser protestado pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley de Títulos Valores, y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo de realización del protesto ocurra hasta el 07 de agosto de 2020, inclusive.

MUNICIPALIDAD DE COMAS

Decreto de Alcaldía 6-2020-MDC

Crea la Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad Distrital de Comas.

Volver al Blog