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Ambiental

Lexambient@l – Modifican el Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas

20/08/2024
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Hoy, 20 de agosto de 2024, se publicó la Resolución Jefatural N° 323-2024-ANA, mediante el cual se modifican los numerales 6.4 y 27.1 del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, aprobado por Resolución Jefatural Nº 224-2013-ANA (en adelante, el “Reglamento”). Las modificaciones que aprueba esta norma son las siguientes:

  • Modificación del numeral 6.4 del artículo 6: Se dispone que no se podrá autorizar las descargas de aguas residuales tratadas en sistemas de drenaje o en los lechos de quebrada seca, salvo que esté contemplado en el Instrumento de Gestión Ambiental aprobado, en el cual se evalúe el efecto del vertimiento en el cuerpo de agua natural de flujo permanente donde la quebrada seca o el dren desemboca. Las cuales deben localizarse en el área de influencia directa del proyecto.
  • Modificación del numeral 27.1 del artículo 27: Se dispone que el titular de una autorización de vertimiento o reuso de aguas residuales tratadas podrá solicitar su prórroga, solo debiendo verificar que: (i) se haya presentado antes del vencimiento del plazo establecido y (ii) se mantengan las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.

La modificación del Reglamento trae consigo principalmente la incorporación de la prohibición de descargas de aguas residuales tratadas en sistemas de drenaje, salvo que haya sido evaluado en el estudio ambiental.

También, agiliza la tramitación de las prórrogas de plazo de autorización de vertimiento o reuso de aguas residuales sujetas a que se haya presentado en el plazo y se mantengan las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.

Asimismo, se dispone que los procedimientos de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas que se encuentren en trámite se adecuarán a la modificación, sin retrotraer etapas ni suspender plazos.

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