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Tributario

Cartilla – Proveedores no domiciliados y Convenios Tributarios: Como empresa usuaria ¿qué debo saber para evitar contingencias fiscales?

05/09/2024
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Las empresas que realicen pagos a proveedores no domiciliados deben aplicar retenciones del Impuesto a la Renta (IR) si los servicios o bienes califican como renta de fuente peruana. Las tasas varían dependiendo del tipo de servicio, por ejemplo, servicios digitales (30%) o asistencia técnica (15%), pero pueden reducirse o eliminarse si el proveedor reside en un país con el que Perú tiene un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI), como Chile o Suiza. Para acceder a los beneficios del CDI, es necesario cumplir con requisitos sustanciales, como que el proveedor sea el beneficiario efectivo de la renta, y formales, como presentar un certificado de residencia fiscal vigente.

Conoce más detalles en la siguiente cartilla:

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