
En una reciente sentencia (Casación N° 19461-2019-Lima), la Corte Suprema señaló lo siguiente:
- El trabajador de una entidad financiera se desempeñaba como Asistente de Cobranza de Banca Personal.
- En el desempeño de sus labores, efectuó gestiones de cobranza contrarias a las políticas del empleador lo que generó que INDECOPI sancionara a su empleador por violación del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
- El incumplimiento de las obligaciones generó el quebrantamiento de la buena fe laboral depositada en el trabajador y por tanto nos encontramos frente a un despido justificado.
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