Miércoles 26 de agosto 2020 (edición extraordinaria)
AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
Resolución de Acuerdo de Directorio 51-2020-APN-DIR
Aprueba los “Lineamientos obligatorios para prevenir y controlar el contagio del COVID 19 en las instalaciones portuarias”
Deja sin efecto la Resolución 35-2020-APN-DIR.
Los principales cambios: (i) se han actualizado las normas que han sido derogadas por el MINSA; (ii) se ha incorporado la participación del responsable de salud en el trabajo para identificar potenciales contactos; (iii) el servicio de seguridad y salud en el trabajo de la instalación portuaria debe determinar la periodicidad de la desinfección de los lugares de trabajo, entre otros; (iv) sobre las medidas de protección personal, se ha incluido el cumplimiento de mínimo estándar de mascarillas quirúrgicas o de la combinación entre las mascarillas comunitarias con caretas o protectores faciales; (v) en cuanto al Plan de Tratamiento de Emergencia, se estableció la obligación del empleador, a través del profesional de salud, de gestionar o realizar la evaluación clínica respectiva para completar el aislamiento o cuarentena y antes del regreso al trabajo, entre otros.
Jueves 27 de agosto 2020
DECRETOS DE URGENCIA
Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para el sector salud para la atención de la Emergencia Sanitaria por los efectos del Coronavirus (COVID-19) en el marco del D.S 010-2020-SA “Plan de Acción – Vigilancia, Contención y Atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú” modificado por D.S 011-2020-SA
Dicta medidas para la convocatoria y celebración de Juntas de Accionistas y Asambleas no presenciales o virtuales
Autoriza excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2020 a las sociedades, asociaciones, fundaciones o comités u otras personas jurídicas privadas reguladas por leyes especiales, a excepción de las reguladas por los Decretos de Urgencia 56-2020 y 75-2020, a convocar y celebrar juntas generales o especiales de accionistas y/o asamblea general, de manera no presencial o virtual, mediante el uso de medios tecnológicos o telemáticos y de comunicaciones o de naturaleza similar, que permita la comunicación y garantice la autenticidad del acuerdo, aun cuando los respectivos estatutos de dichas entidades sólo reconozcan la posibilidad de convocar y celebrar juntas o asambleas presenciales. Con el fin de convocar a dichas juntas o asambleas, los directorios y/o consejos directivos de las mencionadas entidades, pueden sesionar de manera no presencial o virtual.
Para la inscripción de los acuerdos de las juntas generales o especiales de accionistas y/o asamblea general, se presenta ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos el acta respectiva, en la que debe constar el órgano que sesionó, la fecha, la hora de inicio y de conclusión de la junta o asamblea, el nombre completo y el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) de quienes actuaron como presidente y secretario, el número de participantes, los asuntos tratados en la sesión, los acuerdos adoptados con indicación del sentido de los respectivos votos, y los medios utilizados para su realización.
Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias en materia económica y financiera para que las municipalidades provinciales implementen sistemas de transporte sostenible no motorizado y dicta otras medidas
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifica la Ordenanza 479-MDB, que estableció horarios de carga y descarga de mercaderías que realicen los proveedores de actividades económicas
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza que regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito, en atención a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19